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MEDI-CAL para niños y adolescentes

Según las leyes federales y de California, todos los niños y jóvenes hasta los 21 años inscriptos en MEDI-CAL tienen derecho a chequeos regulares y otros servicios preventivos y de tratamiento necesarios para mantenerse o estar saludables.

Este derecho se conoce en la ley federal como el requisito de Detección Temprana y Periódica, Diagnóstico y Tratamiento (EPSDT, por sus siglas en inglés). Garantiza que todos los niños inscritos en MEDI-CAL reciban la atención que necesitan para crecer lo más sanos posible. En California, EPSDT se llama MEDI-CAL para niños y adolescentes.

Los servicios son gratuitos, a menos que se determine que el niño o joven tiene un costo compartido (SOC, por sus siglas en inglés) cuando calificó para MEDI-CAL.

MEDI-CAL para Niños y Adolescentes​​​​​​​ debe cubrir estos servicios si es necesario, sin límites:

  • Servicios de salud física, incluida la atención primaria y las visitas a especialistas.
  • Servicios oftalmológicos, incluidos anteojos.
  • Servicios auditivos.
  • Chequeos dentales y servicios de seguimiento.
  • Servicios de salud mental y adicción a las drogas o al alcohol, incluida la terapia.
  • Fisioterapia, terapia ocupacional y terapia del habla.
  • Equipos y suministros médicos, como sillas de ruedas, incluidos equipos médicos duraderos.
  • Medicamentos, tanto de venta libre como recetados.
  • Pruebas de laboratorio, incluidos análisis de sangre para verificar los niveles de plomo y pruebas de infecciones de transmisión sexual (ITS), y cualquier atención de seguimiento necesaria.
  • Servicios de salud en el hogar, incluida la atención de enfermería.
  • Tratamiento hospitalario y residencial.
  • Servicios de salud sexual y reproductiva, como el control de la natalidad y la atención del aborto.
  • Controles de embarazo.
  • Pruebas y tratamiento de COVID-19.
  • Coordinación de la atención, si está inscrito en un plan de atención administrada.
  • Todos los demás servicios médicos necesarios que puedan estar cubiertos por MEDI-CAL (conocidos como "servicios médicamente necesarios") según lo determine su proveedor médico.

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